Área de Clasificación

Clasificación

Otra de nuestras áreas de trabajo, siendo además el único Despacho de Extremadura en realizarlas son las solicitudes de empresas para poder contratar con las Administraciones Públicas contratos de obras y servicios por importe igual o superior a 500.000€, es necesario estar clasificado como contratista de obras.

Además de realizar dichos expedientes, revisamos constantemente que toda empresa clasificada puedan solicitar en cualquier momento la revisión de su clasificación, y ello por cuanto, el artículo 82.3 de la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público establece que la clasificación será revisable a petición de los interesados o de oficio por la Administración en cuanto varíen las circunstancias tomadas en consideración para concederla.

Igualmente realizamos el estudio, a fin de que nuestro cliente tenga conocimiento si puede mejorar su clasificación. Otra aspecto importante del cual nos encargamos, es la conservación de la clasificación que debe justificarse cada tres años o múltiplos de tres, mediante su mantenimiento de solvencia económica y profesional.

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